jueves, 21 de mayo de 2009

RESGUARDO INDIGENA DE COLIMBA
GRAN TERRITORIO DE LOS PASTOS

POR EL TERRITORIO, LA AUTONOMIA, LA AUTORIDAD, EN EL MARCO DEL DERECHO MAYOR

INTRODUCCION
Colombia es el segundo país latinoamericano con mayor diversidad étnica y cultural. Es reconocido por la Constitución Nacional de 1991 como un país multiétnico y pluricultural por lo que es una necesidad imperiosa el uso y fortalecimiento de la cultura indígena, la misma que ha sido una reivindicación de los pueblos indígenas frente a la sociedad en general y al Estado.
La defensa del territorio, la autoridad, la autonomía, parte de múltiples experiencias desarrolladas por las organizaciones indígenas de Colombia. Dentro de la Cultura y de su cosmovisión, el agua es parte fundamental de la existencia, espiritualidad, vida, y de la convivencia entre los pueblos.
Somos población ubicada en los Andes (termino que proviene del Quechua ANTI)(montaña que se ilumina-sol al amanecer) y que durante la existencia del Tawantinsuyu abarcó los actuales países de: norte de Chile, Perú, Bolivia, Ecuador y sur de Colombia.
. En estos últimos años, a la luz del debate de la realidad política, social, económica, y cultural del hombre indígena, más aun, las constituciones de los países andinos han reconocido que los pueblos ancestrales pueden determinar sus propias formas de desarrollo. Así, se convierte el agua (YAKU) como parte de la identidad de las culturas andinas, que revindica su cultura e identidad como lo es el caso de la cultura de los Pastos, convirtiéndose en una necesidad imperiosa su conocimiento, rescate, uso adecuado para entender la cosmovisión andina y generar procesos de mantenimiento y conservación.
Por todo ello creemos que el manejo, conservación, mantenimiento veeduría administración, de lo que existe en nuestros territorios debe de estar en manos de las mismas comunidades para que se convierta en a vía valida para rescatar la cultura, fortalecer la identidad y mejorar la calidad de vida


REFERENTE CULTURAL –HISTORICO

Los pueblos antiguos de ABYA YALA (América) nos proclamamos, hijos del sol, y de la madre tierra (Pacha Mama) no por una simple declaración ni por idolatría, sino porque entendemos que el astro solar y la tierra que nos mantiene en su seno son quienes permiten que seamos lo que somos
Plantas-yurakuna
Animales-wiwakuna
Minerales-rumikuna
Humanos-runakuna
Espíritus-nunakuna
Considerando desde luego que si no existiera el sol, el planeta tierra seria un enorme desierto. Gracias a èl existe toda forma de vida multicolor.

Somos hijos del sol porque somos seres luminosos, porque cada célula de nuestro cuerpo está constituido de la luz solar en armonía, con al oscuridad de la madre tierra cuya esencia y sangre es el agua (YAKU) de lo cual también esta constituido nuestro cuerpo. El agua en el mundo andino y en el mundo Pasto la encontramos en nuestros tres mundos
En donde por nuestra espiritualidad el agua (YAKU) la encontramos en el mundo andino en el
Mundo de arriba-Jaffa pacha

Mundo del medio-caí pacha

Mundo de abajo-UPU pacha

Y en el mundo de los pastos
Mundo de arriba-CHILL

Mundo del medio-TU

Mundo de abajo-AN

Sin oscuridad no hay luz y viceversa. Es el sol quien mantiene y la tierra quien sostiene nuestra vida como sus hijos. Es Dios (PACHAKAMAK) manifestado como:
Fuego----------------NINA
Agua-----------------YAKU
Aire-------------------WAYRA
Tierra-----------------ALLPA
Que en los Pastos constituyen el principio PUKA (PODER) principio el cual contiene los cuatro poderes de la formación del mundo o universo
NINA PUKA---------------PODER DEL FUEGO
YAKU PUKA--------------PODER DEL AGUA
WAYRA PUKA-----------PODER DEL VIENTO
ALLPA PUKA-------------PODR DE LA TIERRA
Los cuales permiten la vida humana. Cada alimento que nos nutre es el trabajo de la lluvia, el viento, la luz, el calor que ingresa a nuestro cuerpo en concordancia a que estamos constituidos de lo mismo.

Los hijos respetuosos, conscientes, amorosos hacia sus Padres más cercanos, no los adoramos ni les rendimos culto, sino que les honramos, les agradecemos y les reciprocamos por todo lo que ellos hacen para que existamos en la vida.

El yaku puka (poder del agua) es uno de los poderes y fuerzas constitutivas de nuestro mundo y de nuestra vida que milenariamente aun lo conservamos en nuestro contexto cultural
Kuri yaku-agua dorada
Kapak yaku-agua real
Yaku ñan-camino del agua
Bial-lugar del agua
Piatal-piel del agua
Cuaspud-montaña de agua
Cuasquer-pueblo de agua
Gualte-sol de agua
Fuelpas-familia del agua
Uncuar-agua milenaria
Cualtal -piedra de agua
Cuayar- casa del agua
En este sentido que nos anima a celebrar que somos seres de luz por Tayta Inti (padre sol) y seres de agua por nuestra madre tierra (Pacha Mama)

Hemos regresado nuevamente, renovados y retejidos los hijos del sol y de la madre tierra para manifestar al mundo que somos seres integrales y perfectos, solidarios colectivos y comunitarios, somos los caminantes del arco iris (kuychi) hijos de los volcanes (Chinchakuna), de las dos perdices (Lluthukuna) y la quilla mama (La luna), el agua es sumak yaku (agua pura) el aire es (wayra)




PILARES FUNDAMENTALES EN LA CULTURA


Mito de origen
Como todo pueblo andino la esencia de nuestra existencia se sustenta en el mito de origen de las dos perdices, tanto la blanca como la negra fuerzas las cuales al unirse dieron origen al pueblo de los pastos
Ley de origen
Manifestamos ser hijos además de la madre tierra y nuestro origen se dio en su seno o vientre gracias a las fuerzas o energias.Los pastos no somos venideros somos de aquí al igual que los indígenas de Colimba
Derecho mayor
Es la ley que se justifica, se sustenta y afianza en la tierra como base fundamental de toda cultura, porque ninguna cultura es posible desarrollarse y existir sin ella Y por tal motivo es inajenable, inalienable e inembargable
Ley natural
Como la ley que rige el desarrollo normal y natural de todo ser en la pacha mama y como proceso inherente a todo lo existente en nuestro mundo en cumplimiento de su ciclo o ir y de venir (pachakutik) acorde a las energías del cosmos en su integralidad
Territorio
Es el organismo sagrado y vivo para los Pastos donde se desarrolla la cultura en todas sus manifestaciones
Autoridad
Son las autoridades ancestrales las que promulgan la defensa del territorio representada en nuestros mayores, taytas, cabildo y comunidad para conllevar un buen entendimiento y organización de la comunidad y defensa de la misma
Autonomía
Los pueblos indígenas de los pastos por ser propios de estas tierras ejercemos autoridad a nuestros usos y costumbres basado en el derecho mayor
Sostenibilidad
El manejo y organización del territorio, debe garantizar la sostenibilidad en todos los campos de nuestra cultura y no su detrimento en el marco de la conservación
Permanencia
El manejo sostenible y organizado nos garantizara la permanencia en la madre tierra
Comunitariedad
El principio de lo colectivo, lo comunitario es lo que nos a permitido ser diferentes de la sociedad común, lo que es muy rescatable en la minga


MARCO JURIDICO


1. como comunidad indígena y como pueblos milenarios, los cuales somos sujetos de derechos colectivos, conocedores desde luego nuestro derecho mayor o de origen, tenemos unas normas especiales que nos diferencian como sujetos de derechos colectivos


normas propias
Escrituras número 395 y la 88
Ley 89 de 1.890,
Legislación indígena
Fuero indígena


Normas constitucionales
Artículos 7, 246, 286,
Decreto 2164 de 1995
Nosotros como comunidad indígena tenemos el derecho a determinarnos por nuestra cosmovisión, religión y hacerlo valer ante terceros como lo plantean las siguientes sentencias: T – 342 de 1994, SU 510 de 1.998.

La privatización y manejo empresarial del agua atenta contra la supervivencia cultural como lo manifiestan las siguientes sentencias
T-428 de 1992,
T – 342 de 1994,
T – 007 de 1995,
SU – 039 de 1.997,
SU- 510 de 1.998,
T- 652 de 1998,
y a la integridad Étnica y Cultural expuesto en las sentencias
T – 342 de 1.994,
SU – 039 de 1.997,
SU – 510 de 1.998,
T – 652 de 1998 y de la Constitución Política Colombiana en sus artículos 7, 70, inc2, articulo 68.
A la preservación de su hábitat natural e integridad ecológica
T-380 de 1993
SU-037 DE 1997
T-652 DE 1998



Normas internacionales
la ley 21 de 1.991 convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo OIT, Articulo 1 que coloca de manifiesto su aplicabilidad, articulo 2 , articulo 3° , articulo 4° , articulo 5, el articulo 6° de la Ley 21 de 1.991, numeral 1°, literal a), b), c), numeral 2. Articulo 7 articulo 8, articulo 12, parte II TIERRAS ARTICULO 13articulo 15
DIH-pueblos indígenas
Declaración 1-principio 4
Principio 6
Declaración 2 principio 9
Declaración 3 numeral 9-10
Proyecto de las naciones unidas
Art. 33
Proyecto interamericano
Art. 16




PROPUESTA

En base al derecho mayor y las normas constituciones y nuestro fuero indígena la comunidad indígena de colimba en cabeza del tayta gobernador ALBERTO ESTRADA REINA y su consejo económico retomando el articulo constitucional no 246,7, ley 21
Considerando que es deber de las autoridades tradicionales el de defender la autoridad y la autonomía del territorio tanto en su parte espiritual como material consideramos la creación de
Comité económico
Cabildo menor de economía
Ayllu de aguas
para el manejo y conservación de nuestro territorio y de todos los recursos en el existentes considerando el agua como parte integral de la cultura deacuerdo a los usos y costumbres de la comunidad el cual será integrado por
la corporación del cabildo-gobernador
miembros del consejo económico-3 integrantes
la comunidad -2 comuneros
Lideres de la comunidad 3 comuneros
Médicos tradicionales 2 médicos




OBJETIVOS
GENERAL
Promover y propender por la defensa de los elementos fundamentales e integrantes de nuestro territorio y de nuestra territorialidad tanto en su parte material como inmaterial, tangible como intangible
ESPECIFICOS
Defender los recursos naturales del resguardo de colimba
Propender por la conservación y protección de los recursos del territorio
Realizar un estudio de las potencialidades de los recursos del resguardo
Crear políticas locales para la conservación de los recursos del resguardo
Velar por el cumplimiento y aplicación de las normas especiales para las comúnidades


















FINANCIACION
Los recursos económicos que se generen del recaudo del servicio de agua potable de la población no indígena deberá reinvertirse en la conservación del páramo y demás fuentes hídricas representadas en ríos, lagunas, pantanos, humedales, ojos de agua, vertientes, pajonales
Mediante un convenio especial entre ministerio de medio ambiente, nación municipio y cabildo como dueños y administradores del su propio recurso






































































SEGUIMIENTO Y EVALUACION
Comunidad
Corporación del cabildo
Gobernador
Municipio
Departamento
Ministerio
Nación

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